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¡¡¡FECHA CLAVE A RECORDAR!!!

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¡¡¡FECHA CLAVE A RECORDAR!!!
01.06.15 - IMPLANTACIÓN OBLIGATORIA DE CLP PARA MEZCLAS - NUEVO ETIQUETADO

¡Revise la clasificación y el etiquetado de sus mezclas!

A partir del 1 de junio de 2015, el Reglamento sobre clasificación, etiquetado y envasado (CLP) será el único texto legislativo aplicable a la clasificación y el etiquetado de las sustancias y las mezclas. En virtud del CLP, las empresas deberán clasificar, etiquetar y envasar adecuadamente sus sustancias químicas peligrosas antes de comercializarlas.

La clasificación y el etiquetado de las sustancias peligrosas se basa en el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos aprobado por la ONU. El objetivo es garantizar un alto nivel de protección de la salud y el medio ambiente, así como la libre circulación de sustancias, mezclas y artículos.

Las obligaciones que deben cumplirse con arreglo al CLP presentan similitudes con la legislación europea anterior, si bien subyacen diferencias importantes. Un considerable número de productos, entre los que se incluyen artículos de consumo como pinturas, detergentes y mezclas industriales, deben ser etiquetados de nuevo para que cumplan las exigencias del CLP.

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