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Firma Preacuerdo XVIII Convenio General de la Industria Química

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Firma Preacuerdo XVIII Convenio General de la Industria Química
En el día de ayer, 18 de junio, la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE), CC.OO de Industria y FITAG-UGT, procedieron a la firma de preacuerdo del XVIII Convenio General de la Industria Química (CGIQ), pendiente de ratificación por parte de los correspondientes Órganos de Gobierno de cada una de las organizaciones firmantes. El Convenio afectará a más de 200.000 trabajadores.

Entre los aspectos más destacables de este preacuerdo destaca el alcance temporal de este XVIII CGIQ, que tendrá un periodo de vigencia de tres años (2015, 2016 y 2017)  así como los incrementos salariales previstos para cada una de estas anualidades: 1% en 2015; 1,5% en 2016; y 1,7% para 2017.

 

FEIQUE deja constancia de que los incrementos anteriores se pactan en la medida en que existen previsiones positivas en cuanto a la evolución del PIB y del sector para los tres años de vigencia del Convenio Colectivo, y en la medida en que el nuevo convenio introduce mejoras en materias tan importantes para las empresas como son la flexibilidad, polivalencia y contratación, entre otras.

 

Desde FEIQUE consideramos que los nuevos contenidos negociados se adaptan a la situación actual de la economía, tras un  periodo previo de dos años práctica congelación salarial en el sector (0% de incremento en 2013 y 0,2% en 2014). El nuevo Convenio mantiene la moderación salarial, de acuerdo a las bandas establecidas en el III Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2015, 2016 y 2017, salvaguardando al mismo tiempo el valor del CGIQ como herramienta útil y eficaz para regular las relaciones laborales en el sector de la industria química. 


En cuanto al contenido esencial del preacuerdo relativo al XVIII CGIQ es el siguiente:

 

Ø  Ámbito Temporal: 3 años (2015, 2016 y 2017)

 

Ø  Incrementos Salariales:

·       Año 2015: 1%

·       Año 2016: 1,5%

·       Año 2017: 1,7%

 

Ø  Cláusula de revisión basada en el III AENC y en dos tramos (uno para el periodo 2015-2016 y otro independiente para 2017) y sin efecto retroactivo alguno.

 

Ø  El nuevo convenio introduce mejoras en materias tan relevantes para las empresas como son la flexibilidad, polivalencia y contratación.

 

Ø  Se introduce un nuevo artículo con una declaración de principios para la promoción de las acciones de Responsabilidad Social Empresarial. Asimismo se introduce un nuevo artículo por el que las partes firmantes se comprometen a promover y colaborar en la adhesión de las empresas al programa internacional de la industria química “Responsible Care

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